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Comparto mi intervención en la "Audiencia Pública Ambiental" realizada el día 23 de julio, por parte de CORNARE para el proyecto h...

Comparto mi intervención en la "Audiencia Pública Ambiental" realizada el día 23 de julio, por parte de CORNARE para el proyecto hidroeléctrico Cocorná III.



En dicha oportunidad manifesté mi desacuerdo con la realización de dicha audiencia, pues la empresa Taborda Vélez (interesada en el proyecto) no había presentado información adicional solicitada para complementar el Estudio de Impacto Ambiental (EIA). Así entonces, por no haberse entregado esa información en el término legal, insistí en que lo procedente era el archivo del trámite.


En respuesta dada por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), a una consulta que le realizamos sobre la audiencia pública ambiental se nos da la razón de la siguiente manera:


"En consecuencia, no es posible convocar y/o celebrar una audiencia pública ambiental, sin que se haya presentado la información adicional requerida al solicitante de la licencia, toda vez que, como ya se dijo, legal y procesalmente, es necesario poner a disposición de las organizaciones sociales, comunidad en general, entidades públicas y privadas, la totalidad de la información que está siendo objeto de evaluación por parte de la autoridad ambiental, para que a su vez se brinde un espacio de participación informada en el marco de la audiencia".

Respuesta Anla Audiencia Pública Ambiental by Mauricio Castaño Quintero on Scribd


Hoy celebro que CORNARE haya procedido con el archivo del trámite de licencia ambiental al verificar la no entrega de información adicional por parte de la empresa solicitante.



























Como profesional y como cocornense estaré presto a intervenir en este tipo de trámites para defender nuestra visión de desarrollo municipal basada en el agro ecoturismo y la conservación de sistemas ecológicos estratégicos.

Al cabo de cuatro horas de reunión comunal, mi garganta estaba seca y ya no le podía negar más el sorbo de ese licor de caña, animoso y cord...

Al cabo de cuatro horas de reunión comunal, mi garganta estaba seca y ya no le podía negar más el sorbo de ese licor de caña, animoso y cordial, que se produce en el Cañón del Melcocho, envolvente como chorros de agua, fogoso como las calderas del trapiche y con un aroma perenne como el espíritu de los ancestros. Pensar de esa manera solo me hacía desear más un trago de mítica tapetusa.

 

Y es que después de dos horas en moto, otras dos más a lomo de mula y las que ya había contado el reloj desde que empezó la reunión, mi mirada ya no se despegaba del mostrador y de los anaqueles de la tienda de la vereda, que tan amablemente nos habían facilitado para el encuentro. Pero mi entusiasmo se vino abajo cuando el vendedor, encogiendo sus hombros, me dijo que después de un festín dominguero tan solo quedaba media botella. -Con eso no alcanzo a ponerme simpático-, repliqué mientras tomaba la botella.

 

Uno de mis acompañantes me dijo que me entendía y que para él era claro que se podían hacer cosas mucho mejor estando borracho. En su caso le fue muy útil hace unos trece años, cuando recibió la terrible noticia de que su padre había muerto. -¿Qué le fue lo que pasó?- se preguntó y, mientras empezaba a formularse algunas posibles respuestas en su mente, el portador de la noticia le complementó: -Ha sido una mina… el viejo ha pisado una mina-.

 

Hizo un paréntesis y me explicó que en ese tiempo muchos de los habitantes de la vereda se habían visto en la penosa necesidad de desplazarse a causa de la violencia. Levantó el dedo índice de su mano izquierda para hacerme entender que lo que venía era importante y añadió: -Pero mi viejo nunca pudo adaptarse a la vida en el pueblo. Cada día añoraba más el momento de retornar a su finca-.

 

Su padre no aguantó más la desdicha del exilio y emprendió el regreso a su finca cargando una mula con unas cuantas de sus cosas. En un punto del camino se detuvo para tomarse un descanso, con tan mala suerte que en el lugar elegido para echarse lo aguardaba una mina antipersona que lo elevó a varios metros del camino e hizo que la mula corriera despavorida por el estallido.

 

Había que recuperar el cuerpo, aun desatendiendo las instrucciones de las autoridades que pedían no acercarse a la zona porque esta todavía no se encontraba asegurada. No obstante esto, al intentar buscar un servicio para el acarreo del cuerpo solo obtuvo negativas. Nadie quería tan siquiera imaginarse lo que sería dejar de pisar el firme suelo de cemento en el pueblo a caminar por el frondoso suelo campestre atiborrado de verdugos ocultos.

 

Gracias a su insistente esfuerzo logró convencer al dueño de una retroexcavadora y consiguió sellar el acuerdo con una venturosa propuesta: –Tomémonos uno pa’ bajar los nervios-. Tras el primer trago vino el segundo, no demoró el tercero y sin dejarse tomar ventaja lo alcanzaron el cuarto y el quinto; en cuestión de minutos la botella estaba vacía.

 

Emprendieron el viaje y antes de tomar rumbo entraron a cada establecimiento que se encontraron en su camino para comprar el número de botellas que cada uno podía llevar. A algunos caminantes se les hizo particular su forma de actuar y al enterarse del objetivo del viaje acataron a desearles buena suerte. Otros dos se ofrecieron a acompañarlos, muy seguramente por su interés en ayudarlos, aunque no se descarta la posibilidad de que lo hicieran por su deseo de sumarse a la “beba”.

 

Los nervios se resistían a bajarse por lo que cada tanto había que devolverlos empujándolos garganta abajo con unos tragos. En esa lidia pasaron la mayor parte del camino y al llegar al lugar de destino casi todo el licor habían bebido.

 

Le propuse una pausa y nos tomamos un trago de tapetusa con el que sentí un jolgorio desatado bajando por mis entrañas. Esa fue la mejor forma de involucrarme con la siguiente parte de la historia. –Prácticamente llegamos borrachos- me dijo y soltó una carcajada: –Es que a ese lugar no podíamos haber llegado de otra manera-. Tomó aire y prosiguió: -No me va creer usted pero parecía que levitáramos o que supiéramos dónde había que pisar en ese campo minado; aunque con esa borrachera estábamos era decididos o a volver o a quedarnos acompañando en la eternidad a mi viejo-.

 

Entre todos tomaron el cuerpo y lo llevaron hasta la pala de la retro. En un ambiente medio enrarecido por una cuota de tristeza y otra de alegría emprendieron su regreso.

 

No contaban con que la noticia de su hazaña había recorrido las calles del pueblo, por lo que se había formado un tumulto de curiosos que salieron a recibirlos para cerciorarse de que el rumor era cierto. Todos querían saber cómo lo habían logrado y para contar esta historia había que refrescar primero la garganta. De esta manera la ingesta de licor continúo en ese recibimiento, posteriormente en el velorio y solo terminó hasta después del entierro. Para finalizar agrega: -No hubiera podido hacer todo eso, ni siquiera imaginarlo, sin esos tragos que me dieron valentía-. Y le creí, porque yo en su lugar también hubiera hecho lo mismo sólo estando embriagado.

Por: Mauricio Castaño Especial para Periódico La Prensa  Edición No. 25 - Abril de 2020. Sitio web: laprensaoriente.info Facebook: La Prensa...

Por: Mauricio Castaño
Especial para Periódico La Prensa Edición No. 25 - Abril de 2020.

Sitio web: laprensaoriente.info
Facebook: La Prensa Oriente
Twitter: @LaPrensaOriente

E-mail: director@laprensaoriente.info


Hace poco ajustamos un mes en cuarentena nacional debido a la emergencia sanitaria generada por el virus COVID-19. Para muchos era impensable que a escasos meses de arrancar este año, el país estuviera obligado a paralizar casi por completo la circulación de personas, la educación, el trabajo, la práctica deportiva, los ritos religiosos, el turismo entre otras actividades sociales y económicas. El sacrificio también ha sido del gobierno en sus diferentes niveles alterando sus prioridades de gestión e inversión para volcarse a la atención de la emergencia.

 

Sin duda esta situación ha llevado a hacer grandes sacrificios, pero es injustificado que también resulten inmolados los Planes de Desarrollo Territorial (PDT), que son los instrumentos con los que las administraciones planifican el desarrollo local durante sus cuatro años de gobierno.

 

En Antioquia se ha venido haciendo manifiesta la preocupación por la forma en que se están construyendo los PDT a nivel municipal (y en el oriente esa queja también resuena). Unos cuantos municipios madrugaron y lograron adoptarlo en el primer periodo de sesiones del Concejo; los restantes se ajustaron al tiempo legalmente estipulado, contando con que algunos andan más bien afanados porque arrancaron tarde con dicha labor.

 

Formular un PDT no es una tarea fácil ni puede hacerse sin consultar las realidades municipales y las expectativas de los ciudadanos con los nuevos gobiernos. El descontento tiene voz en líderes y grupos sociales que desde los territorios vienen demandando la garantía de la participación ciudadana como base primordial en la confección de los PDT, pues en muchos municipios no se ha obrado de conformidad, ni antes de la declaratoria de la emergencia y ahora menos durante su vigencia.

 

Tal es la situación que diferentes organizaciones suscribieron una carta abierta[1] dirigida a los Consejo Territoriales de Planeación (CTP) del departamento, solicitándoles que en los municipios en los cuales se estén discutiendo los PDT se emita un concepto negativo. En su misiva se advierte la falta de garantías para el ejercicio de los derechos civiles y políticos bajo el estado de excepción y emergencia, señalando que no están dadas las condiciones para poder garantizar la planeación participativa.

 

Por ahora el foco está puesto en la respuesta a la pandemia mientras pasan de agache muchos Planes con grandes falencias en su elaboración por la escasa participación comunitaria, también por las dificultades enfrentadas por los CTP que han tenido limitada capacidad operativa y pocas posibilidades de acceso a tecnología de la información y comunicación, afectando la necesaria coordinación para desarrollar el estudio conjunto del PDT y verificar especialmente su correspondencia con los programas de gobierno, compromisos y agendas asumidas durante la campaña electoral.

 

No obstante lo anterior, todavía existe la posibilidad de que los Planes sean ajustados durante del camino que deben recorrer por los Concejos Municipales en el siguiente periodo de sesiones. Para que esto sea posible deberán difundirse masivamente los PDT por los medios disponibles de manera que alcancen a ser conocidos por parte de la ciudadanía y de esta manera se realicen las apreciaciones, sugerencias y propuestas que terminarán enriqueciendo los debates dentro de la Corporación y dejando como resultado una hoja de ruta acorde a las necesidades territoriales.

Generalidades   Como lo define el Departamento Nacional de Planeación (DNP) [1] , el plan de desarrollo territorial (PDT) es el instrume...

Generalidades

 

Como lo define el Departamento Nacional de Planeación (DNP)[1], el plan de desarrollo territorial (PDT) es el instrumento de planificación que orienta las acciones de las administraciones departamentales, distritales y municipales durante un período de gobierno. En éste se determina la visión, los programas, proyectos y metas de desarrollo asociados a los recursos públicos que ejecutarán durante los próximos 4 años.

 

Este instrumento de planeación está compuesto por:

 

Tabla 1 Componentes Plan de Desarrollo Territorial

Diagnóstico

Parte Estratégica

Plan de Inversiones

Comprende la recopilación, análisis y síntesis de las situaciones positivas y negativas que inciden en el desarrollo del territorio. En esta etapa del proceso de formulación, el reto inicial consiste en identificar los indicadores que deben ser priorizados para el cierre de brechas socioeconómicas.

Consiste en identificar y formular los diferentes objetivos, indicadores y metas que la entidad territorial espera alcanzar durante el periodo de gobierno. A este componente del PDT se asocia la definición de una visión de desarrollo (largo plazo), los ejes estratégicos del plan (mediano plazo) y los programas (corto plazo).

Establece la asignación de recursos financieros disponibles para llevar a cabo los programas que se diseñaron en la Parte Estratégica. Este ejercicio comienza con el análisis de la situación financiera del municipio que conlleva a identificar el esfuerzo para generar ingresos propios y articular efectivamente las fuentes de financiación del desarrollo territorial.

Adicionalmente, un buen diagnóstico debe lograr un análisis exhaustivo de los problemas sectoriales, transversales y poblacionales, que le permitan al equipo formulador comprender integralmente el estado actual de las distintas dimensiones de desarrollo del municipio o departamento.

A través de la Parte Estratégica, la entidad territorial orienta su gestión hacia el logro de resultados de desarrollo, al tiempo que incorpora una estructura territorial para aterrizar sus acciones de gobierno.

La definición del Plan de Inversiones no es un ejercicio lineal sino iterativo que requiere la armonización con la Parte Estratégica del PDT.

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Además de los anteriores componentes se sugiere que el PDT tenga otro que consiste en el seguimiento y evaluación, de tal forma que la entidad territorial pueda empezar a establecer la estructura, los niveles de responsabilidad y las distintas formas (productos) y herramientas que implementará para cumplir con esta función. Incluir un Capitulo de Seguimiento y Evaluación en el PDT es una muestra clara de la voluntad política y técnica de las autoridades territoriales por realizar un gobierno orientado a resultados, abierto y transparente.

 

No se debe olvidar que para la construcción del PDT se debe impulsar el diálogo social, la búsqueda de alternativas de desarrollo económico y social sostenibles, erradicar la pobreza, mejorar la educación, la salud y lograr la paz, por lo que se debe partir de las realidades existentes y establecer los ajustes necesarios para encaminarlos a la finalidad requerida.

 

Normatividad

 

A continuación se presentan las principales normas sobre el Plan de Desarrollo:

 

Tabla 2 Normatividad Plan de Desarrollo

Norma

Artículo

Contenido

Constitución Política

311

Al municipio como entidad fundamental de la división político-administrativa del Estado le corresponde (…) ordenar el desarrollo de su territorio, promover la participación comunitaria, el mejoramiento social y cultural de sus habitantes

339

Habrá un Plan Nacional de Desarrollo conformado por una parte general y un plan de inversiones de las entidades públicas del orden nacional. En la parte general se señalarán los propósitos y objetivos nacionales de largo plazo, las metas y prioridades de la acción estatal a mediano plazo y las estrategias y orientaciones generales de la política económica, social y ambiental que serán adoptadas por el Gobierno. El plan de inversiones públicas contendrá los presupuestos plurianuales de los principales programas y proyectos de inversión pública nacional y la especificación de los recursos financieros requeridos para su ejecución, dentro de un marco que garantice la sostenibilidad fiscal.

Las entidades territoriales elaborarán y adoptarán de manera concertada entre ellas y el gobierno nacional, planes de desarrollo, con el objeto de asegurar el uso eficiente de sus recursos y el desempeño adecuado de las funciones que les hayan sido asignadas por la Constitución y la ley. Los planes de las entidades territoriales estarán conformados por una parte estratégica y un plan de inversiones de mediano y corto plazo.

339 inc 2°

Las entidades territoriales elaborarán y adoptarán de manera concertada entre ellas y el Gobierno Nacional, planes de desarrollo, con el objeto de asegurar el uso eficiente de sus recursos y el desempeño adecuado de las funciones que les hayan sido asignadas por la Constitución y la ley. Los planes de las entidades territoriales estarán conformados por una parte estratégica y un plan de inversiones de mediano y corto plazo.

342

La correspondiente Ley Orgánica (Ley 152 de 1994) reglamentará todo lo relacionado con los procedimientos de elaboración, aprobación y ejecución de los planes de desarrollo (…).

Ley 136 de 1994

Organización y funcionamiento municipios

74

El trámite y aprobación del plan de desarrollo deberá sujetarse a lo que disponga la Ley Orgánica de Planeación.

Ley 152 de 1994

Orgánica de Planeación

1

La presente Ley tiene como propósito establecer los procedimientos y mecanismos para la elaboración, aprobación, ejecución, seguimiento, evaluación y control de los planes de desarrollo, así como la regulación de los demás aspectos contemplados por el artículo 342, y en general por el capítulo 2o. del título XII de la Constitución Política y demás normas constitucionales que se refieren al plan de desarrollo y la planificación.

36

En materia de elaboración, aprobación, ejecución, seguimiento y evaluación de los planes de desarrollo de las entidades territoriales, se aplicarán, en cuanto sean compatibles, las mismas reglas previstas en esta Ley para el Plan Nacional de Desarrollo.

39

Para efecto de la elaboración del proyecto del plan, se observarán en cuanto sean compatibles las normas previstas para el plan nacional, sin embargo, deberá tenerse especialmente en cuenta lo siguiente (…).

 

Jurisprudencia concordante

 

Sobre planeación territorial pueden consultarse las siguientes sentencias de la Corte Constitucional: C-191 de 1996, C-015 de 1996, C-219 de 1997, C-843 de 2000, C-520 de 1994.

 

Elaboración y trámite del Plan de Desarrollo Territorial

 

La Ley 152 de 1994, en su título X establece los “Procedimientos para los planes territoriales de desarrollo”, y en su artículo 38 refiere que estos planes se adoptarán con el fin de garantizar el uso eficiente de los recursos y el desempeño adecuado de sus funciones. La concertación de que trata el artículo 339 de la Constitución procederá cuando se trate de programas y proyectos de responsabilidad compartida entre la Nación y las entidades territoriales, o que deban ser objeto de cofinanciación.

 

Los programas y proyectos de cofinanciación de las entidades territoriales tendrán como prioridad el gasto público social y en su distribución territorial se deberán tener en cuenta el tamaño poblacional, el número de personas con necesidades básicas insatisfechas y la eficiencia fiscal y administrativa.

 

En cuanto al proceso que debe seguirse para la elaboración del PDT, el artículo 39 de la Ley 152 de 1994, manda a que se observen en cuanto sean compatibles las normas previstas para el Plan Nacional, sin embargo deberá tenerse especialmente en cuenta lo siguiente:

 

Tabla 3 Elaboración y trámite Plan de Desarrollo

Etapa

Descripción

1

El Alcalde o Gobernador elegido impartirá las orientaciones para la elaboración de los planes de desarrollo conforme al programa de gobierno presentado al inscribirse como candidato.

2

Una vez elegido el Alcalde o Gobernador respectivo, todas las dependencias de la administración territorial y, en particular, las autoridades y organismos de planeación, le prestarán a los candidatos electos y a las personas que éstos designen para el efecto, todo el apoyo administrativo, técnico y de información que sea necesario para la elaboración del plan.

 

Los programas y proyectos de cofinanciación de las entidades territoriales tendrán como prioridad el gasto público social y en su distribución territorial se deberá tener en cuenta el tamaño poblacional, el número de personas con necesidades básicas insatisfechas y la eficiencia fiscal y administrativa.

3

El Alcalde o Gobernador, presentará por conducto del secretario de planeación o jefe de la oficina que haga sus veces en la respectiva entidad territorial, a consideración del Consejo de Gobierno o el cuerpo que haga sus veces, el proyecto del plan en forma integral o por elementos o componentes del mismo.

 

Dicho Consejo de Gobierno consolidará el documento que contenga la totalidad de las partes del plan, dentro de los dos (2) meses siguientes a la posesión del respectivo Alcalde o Gobernador conforme a la Constitución Política y a las disposiciones de la presente Ley.

4

Simultáneamente a la presentación del proyecto de plan a consideración del Consejo de Gobierno o el cuerpo que haga sus veces, la respectiva administración territorial convocará a constituirse al Consejo Territorial de Planeación.

5

El proyecto de plan como documento consolidado, será presentado por el Alcalde o Gobernador a consideración de los Consejos Territoriales de Planeación, a más tardar dentro de los dos (2) meses siguientes a la fecha de su posesión, para análisis y discusión del mismo y con el propósito de que rinda su concepto y formule las recomendaciones que considere convenientes.

 

En la misma oportunidad, la máxima autoridad administrativa deberá enviar copia de esta información a la respectiva corporación de elección popular (Asamblea o Concejo).

6

El respectivo Consejo Territorial de Planeación deberá realizar su labor antes de transcurrido un (1) mes contado desde la fecha en que haya presentado ante dicho Consejo el documento consolidado del respectivo plan.

 

Si transcurriere dicho mes sin que el respectivo Consejo Territorial se hubiere reunido o pronunciado sobre la totalidad o parte del proyecto del plan, considerará surtido el requisito en esa fecha.

 

Tanto los Consejos Territoriales de Planeación, como los Concejos y Asambleas, verificarán la correspondencia de los planes con los programas de gobierno que hayan sido registrados al momento de la inscripción como candidato por el Alcalde o Gobernador electo.

Aprobación

Art. 40 Ley 152/94

Los planes serán sometidos a la consideración de la Asamblea o Concejo dentro de los primeros cuatro (4) meses del respectivo período del Gobernador o Alcalde para su aprobación. La Asamblea o Concejo deberá decidir sobre los Planes dentro del mes siguiente a su presentación y si transcurre ese lapso sin adoptar decisión alguna, el Gobernador o Alcalde podrá adoptarlos mediante decreto. Para estos efectos y si a ello hubiere lugar, el respectivo Gobernador o Alcalde convocará a sesiones extraordinarias a la correspondiente Asamblea o Concejo. Toda modificación que pretenda introducir la Asamblea o Concejo, debe contar con la aceptación previa y por escrito del Gobernador o Alcalde, según sea el caso.

 

Presentación del Proyecto del Plan de Desarrollo por parte del Alcalde

 

Tal como lo establece el numeral 2° del artículo 313 de la Constitución Política (CP), corresponde a los concejos: (…) Adoptar los correspondientes planes y programas de desarrollo económico y social (…).

 

Por su parte el numeral 5° de artículo 315 CP, refiere que son atribuciones del alcalde: (…) Presentar oportunamente al concejo municipal los proyectos de acuerdo sobre planes y programas de desarrollo económico y social (…).

 

En ese sentido la Ley 136 de 1994, artículo 71, parágrafo 1, señala que los acuerdos a los que se refieren los numerales 2° (…), (Adoptar los correspondientes planes y programas de desarrollo económico y social) del artículo 313 de la CP, solo podrán ser dictados a iniciativa del alcalde.

 

Precepto que es reafirmado en el artículo 91, literal a, numeral 2°, de la misma Ley 136, señalando que a los alcaldes le corresponde: (…) Presentar oportunamente al concejo municipal los proyectos de acuerdo sobre planes y programas de desarrollo económico y social, y de obras públicas, que deberá estar coordinado con los planes departamentales y nacionales.

 

A más tardar el 30 de abril el Alcalde deberá presentar al Concejo el proyecto de acuerdo del Plan de Desarrollo Municipal y para ello se debe tener en cuenta lo siguiente:

 

Tabla 4 Presentación Plan de Desarrollo al Concejo Municipal

Exposición de motivos

Proyecto de Acuerdo

Documento del Plan de Desarrollo y anexos

Todo proyecto de acuerdo debe ir acompañado de una exposición de motivos en la que se explican los alcances y las razones que lo sustentan (Inciso 2°, art. 72, Ley 136 de 1994).

Está compuesto por:

- Título

- Marco legal

- Articulado

 

Se referirá a la aprobación o adopción del Plan de Desarrollo y otras disposiciones sobre el mismo.

Documento del Plan de Desarrollo que contiene el diagnóstico, la parte estratégica y el plan de inversiones. También una estrategia de seguimiento y evaluación.

En la exposición de motivos se relaciona el contenido del proyecto de acuerdo con las normas que facultan a la autoridad para obrar y con los hechos y circunstancias a las cuales ella ha aplicado la normatividad invocada.

Importante que conserve la Unidad de Materia. Todo proyecto de acuerdo debe referirse a una misma materia y serán inadmisibles las disposiciones o modificaciones que no se relacionen con ella (art. 72, Ley 136/94)

Puede ir acompañado de documentos anexos como tablas, gráficas, listados de asistencia, fotografías, informes, etc.

 

Por último, cabe recordar que el artículo 43 de la ley 152 de 1994, ordena al Gobernador o Alcalde a presentar un informe anual de la ejecución de los planes a la respectiva Asamblea o Concejo.

 

Recomendaciones

 

Inicialmente se les recomienda a los Concejales lo siguiente (en otro documento se podrá profundizar sobre el tema):

 

1.    Verificar la correspondencia del Plan de Desarrollo Municipal con el Programa de Gobierno que fue registrado al momento de la inscripción como candidato por el Alcalde.

 

2.    Solicitar y estudiar el concepto emitido por el Consejo Municipal de Planeación (CMP) respecto al Plan de Desarrollo Municipal. De esta manera se tendrá otra mirada del Plan y se recogerán elementos importantes para los posteriores debates en el Concejo. De igual forma, en el mes de mayo, es conveniente realizar una o varias sesiones con la presencia de los integrantes del CMP, al menos de su mesa directiva, para que expongan con más detalle el concepto al Plan de Desarrollo.

 

3.    Dar lectura a las directivas de la Procuraduría General de la Nación y verificar la incorporación de los componentes, programas y acciones allí propuestas. Algunas que pueden consultarse:

 

Directiva 002 de 2020 “Derechos NNA y adultos mayores” (ver aquí)

Directiva 007 de 2020 “Derechos víctimas” (ver aquí)

 

4.    Se sugiere aplicar una lista de chequeo propuesta por el DNP, con el fin de que cada concejal se vaya formando un concepto sobre el Plan de Desarrollo Municipal y preparar el debate para el periodo de sesiones del mes de mayo. La lista es la siguiente:

 

Tabla 5 Lista de chequeo para el Plan de Desarrollo Municipal

Preguntas clave

Valoración

Observaciones

¿Se incluyeron las propuestas del Programa de gobierno del nuevo mandatario?

SI___   NO___

 

¿El Plan de Desarrollo Territorial-PDT cuenta con un diagnóstico?

SI___   NO___

 

¿El Plan de Desarrollo Territorial-PDT- cuenta con la Parte Estratégica?

SI___   NO___

 

¿El Plan de Desarrollo Territorial-PDT- cuenta con el Plan de Inversiones?

SI___   NO___

 

¿Consideró la información de Cierre de Brechas para el análisis del diagnóstico?

SI___   NO___

 

¿La entidad territorial realizó reuniones con la comunidad para para formular el PDT?

SI___   NO___

 

¿Se incluye una visión del PDT que refleje las necesidades y prioridades de la comunidad?

SI___   NO___

 

¿Los ejes estratégicos definen objetivos claros, medibles y logrables en el período de gobierno?

SI___   NO___

 

¿La Parte Estratégica del PDT cuenta programas asociados a las diferentes dimensiones de desarrollo territorial (social, económica, ambiental, institucional)?

SI___   NO___

 

¿Los programas formulados en el PDT se orientan al cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS)?

SI___   NO___

 

¿Los programas de la Parte Estratégica tienen definidos indicadores y metas medibles y realizables en el periodo de gobierno?

SI___   NO___

 

¿Realizó el diagnóstico de la parte financiera de la entidad territorial?

SI___   NO___

 

¿Estableció las fuentes de financiación para cada uno de los programas en el Plan Plurianual de Inversiones?

SI___   NO___